Documentos
Documentos para vender una propiedad en Canarias
- Para anunciar: escritura, nota simple y certificado energético.
- Para la notaría: DNI, escritura, último IBI, certificado de la comunidad y, si hay hipoteca, el certificado de deuda.
- Herencias, VPO, viviendas alquiladas u obras sin legalizar necesitan documentos extra: mejor tenerlos antes de buscar comprador.
- Después de vender: plusvalía municipal en 30 días hábiles y la ganancia en la renta del año siguiente.
Muchas ventas se retrasan semanas, o se caen, por un documento que falta el día menos oportuno. Mi consejo: revisarlo todo antes de publicar la vivienda. Esta es la lista que uso.
Antes de anunciar la vivienda
- Escritura de propiedad: demuestra que la vivienda es tuya y cómo la adquiriste.
- Nota simple del Registro de la Propiedad: confirma los titulares, la superficie y si hay cargas (hipotecas, embargos). Se pide online en el Registro.
- Certificado de eficiencia energética: obligatorio para vender y para anunciar. Lo emite un técnico (arquitecto, ingeniero o similar) y la etiqueta debe aparecer en el anuncio.
- Último recibo del IBI: para comprobar la referencia catastral y que está pagado.
- Planos, si los tienes: ayudan mucho en el anuncio.
Para firmar las arras
- DNI de todos los propietarios.
- Nota simple actualizada.
- Si hay hipoteca, el certificado de deuda pendiente del banco, para saber cuánto se cancela en la notaría.
Para la notaría
| Documento | Quién lo da |
|---|---|
| DNI, NIE o pasaporte de los vendedores | — |
| Escritura de propiedad | La tienes tú o la notaría donde se firmó |
| Último recibo del IBI | Ayuntamiento o tu banco |
| Certificado de estar al corriente con la comunidad | Administrador o secretario de la comunidad |
| Certificado de eficiencia energética | Técnico certificador |
| Certificado de deuda o de cancelación de la hipoteca | Tu banco |
| Últimos recibos de luz y agua | Compañías de suministros |
Si tu vivienda tiene licencia de primera ocupación o cédula de habitabilidad, llévala también: el comprador la puede necesitar para dar de alta los suministros. Si el edificio tiene la inspección técnica (ITE) hecha, conviene tenerla a mano.
Casos que necesitan algo más
Vivienda heredada
Hace falta la escritura de aceptación de herencia y los impuestos de la herencia presentados. Sin eso no se puede vender. Lo explico paso a paso en esta guía sobre viviendas heredadas.
Vivienda de protección oficial (VPO)
Según su régimen, necesitarás la descalificación o la autorización de venta del Gobierno de Canarias, y puede haber un precio máximo. Es un trámite que conviene empezar pronto.
Vivienda alquilada
Necesitas el contrato de alquiler. El inquilino puede tener derecho preferente de compra (tanteo y retracto) salvo que lo haya renunciado en el contrato, y hay que notificarle la venta.
Varios propietarios o divorcio
Todos los titulares tienen que firmar. Si hay un divorcio de por medio, conviene tener el convenio regulador a mano.
Obras sin legalizar
Si la vivienda real no coincide con lo que dicen el Catastro y el Registro (una habitación de más, una azotea cerrada), el banco del comprador puede ponerle pegas. Mejor detectarlo antes y valorar si legalizarlo.
Después de vender
- Plusvalía municipal: la paga el vendedor en el ayuntamiento, en un plazo de 30 días hábiles desde la firma.
- IRPF: si ganas dinero con la venta, se declara en la renta del año siguiente. Los mayores de 65 años que venden su vivienda habitual están exentos, y también hay exención si reinviertes en otra vivienda habitual.
Te lo reviso yo
Antes de publicar ninguna vivienda reviso toda su documentación. Así sé qué falta, cuánto tarda cada trámite y evitamos sorpresas cuando ya hay un comprador esperando.
Información general, actualizada a 19 de octubre de 2026. No sustituye el asesoramiento de un notario, abogado o asesor fiscal para tu caso concreto. Fuentes: Tinsa: documentos para vender una casa.
